jueves, 12 de septiembre de 2013

MUY PRONTO EL CUARTO LIBRO, LA JAULA IV. EL SEGUIMIENTO PERFERCTO, BASADO EN UNA HISTORIA REAL.

LIBRO QUE CUENTA COMO SE HACEN LOS SEGUIMIENTO JUDICIALES, EN UN PAIS DEMOCRATICO, UTILIZANDO A VECINOS Y PERSONAL NO POLICIAL, UTILIZANDO COMO VINCULO COORDINATORIO Y DE PRESION, LAS COORPORACIONES LOCALES EN LAS LOCALIDADES DONDE EL VIGILADO HACE SU MODUS VIVENDI.

EN ESTE LIBRO, CUENTA LA HISTORIA DE UN EXPOLICIA QUE NO COMETE DELITO, ES DENUNCIADO POR UNA DENUNCIA FALSA, Y SIN PRUEBAS.  INICIANDO UN SEGUIMIENTO, AL DARSE CUENTE, LA JUDICIAL CON CONOCIMIENTO DE LOS JUECES, COSA QUE SE COMPRUEBA HACIENDO LA DENUNCIA Y NO DANDOTE JUSTICIA EFECTIVA, DEBIDO A QUE ENTONCES SE CONOCERIA EL FUNCIONAMIENTO REAL, E ILICITO PERO MUY EFECTIVO DE LAS VIGILANCIAS JUDICIALES.
AL DARSE CUENTA, SE UTILIZA UN METODO YA UTILIZADO POR LA GESTAPO, ALEMANA NAZI, QUE ERA COORDINAR Y UTILIZAR A LOS MISMOS VECINOS COMO COLABORADORES Y SEÑALADORES DE LA LOCALIZACION DEL VIGILADO.  ADEMAS DE BLOQUEAR SUS DERECHOS DE HONOR E INTIMIDAD, Y OTROS.  Y SALTANDOSE LA LEY CONSCIENTEMENTE, YA QUE LO QUE HACEN ES TRANSMITIR UNA FAMA NEGATIVA PARA LA INTRODUCCION DE COLABORADORES NO POLICIALES DEL ENTORNO DEL VIGILADO, UTILIZANDO LA CAPACIDAD QUE DA LA AUTORIDAD JURIDICA, PARA AÑADIR PERSONAL A LA COLABORACION.  HASTA QUE UNA PERSONA NO POLICIAL DEL ENTORNO CERCANO, POR COLABORAR CON ESTE SEGUIMIENTO ILEGAL EN ESE MOMENTO, FALLECE AL SER COLOCADA EN UN LUGAR PELIGROSO DE VIGILANCIA AL SER UNA MUJER MAYOR CON LA DISMINUCION LOGICA DE LA CAPACIDAD DE MOVIMIENTO, SIMPLEMENTE PARA CONTROLAR LA SALIDA DEL DOMICILIO DEL VIVILADO.  COSA QUE NO PUEDES DENUNCIAR JURIDICAMENTE, COMO DELITO DE LOS GENERADORES DE ESTA SITUACION ILEGAL POR TENER EL CONTROL JUDICIAL.  Y AUNQUE SE SOLICITA A LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LA LOCALIDAD DEL TURIA, EL AUXILIO Y ACLARACION DE ESTA DENUNCIA FALSAS Y DE LOS DAÑOS OCASIONADOS AL VIGILADO, Y SEGUIMIENTO INJUSTIFICADO.  NO DEFIENDEN MIS DERECHOS, PUES SE CONOCERIA LA UTILIZACION ILICITA, REGISTROS ILICITOS Y DEMAS ACTUACIONES QUE SE REALIZAN EN ESTE PRESUNTAMENTE PAIS DEMOCRATICO, CONOCIDAS POR SER EXAGENTE.    HACIENDOSE IMPOSIBLE DENUNCIAR TAMBIEN ESTA SITUACION DE LA MUERTE DE ESTA POBRE MUJER, A CAUSA DE UN SEGUIMIENTO TAN ILEGAL COMO HABITUAL.  
NO DANDO OTRA OPCION QUE HACERLO PUBLICO, POR CUALQUIER MEDIO QUE LA CONTITUCION PROTEGA, ANTE LA IMPOSIBILIDAD DE LUCHAR EN IGUALDAD DE CONDICIONES CON QUIENES OSTENTAN LA AUTORIDAD JUDICIAL.

PREPARA ESTE AGENTE ADEMAS DE LIBROS E INTERVENCIONES EN PRENSA, UNA DENUNCIA EN LA HAYA.
POR LAS ACTUACIONES REALIZADAS, CUANDO SEA POSIBLE, DEBIDO AL CONTROL TOTAL DE LA JUDICIAL, CON LA VENTAJA QUE DA PODERSE PONER EN CONTACTO CON ABOGADOS, JUECES, Y CUALQUIER OTRO AL QUE SOLICITES AYUDA JURIDICA.  GRACIAS A LA UTILIZACION PROVECHOSA DEL CONTROL TELEFONICO, INTERNET, Y FISICO DE SEGUIMIENTO.  y LA LIBERTAD DE ACCESO A MEDIOS DE CORPORACIONES LOCALES.

NO DEJANDO OTRA OPCION, LEGAL A ESTA PERSONA QUE CONTARLO A LA OPINION PUBLICA DE ESTE PAIS DEMOCRATICO, CONFORME A LA LIBERTAD DE EXPRESION.   SIN PODER OBTENER JUSTICIA EFECTIVA, A LA UTILIZACION FRAUDULENTA JURIDICA DE EL CUERPO O CUERPOS JURIDICO GESTOR-INICIADOR DE LA VIGILANCIA.

COMO SE VE SE BUSCA, LA TRANSPARIENCIA, EN CASO DE HABER HECHO DELITO, QUE SE HAGA PUBLICO Y SE APORTEN LAS PRUEBAS, PERO NO TENEMOS PORQUE SUFRIR REGISTROS ILICITOS PARA POSTERIOR MENTE REALIZAR REGISTROS OFICIALES, EN CASO DE ENCONTRAR PRUEBAS, PERO EN CASO DE NO ENCONTRARLAS LA ACCION HA SIDO REALIZADA.

POR SUPUESTO SI CONTROLAS, CORPORACION LOCAL, POLICIA Y JUECES LOCALES, PUEDES MANIPULAR, LAS PRUEBAS Y EVITAR EL ACCESO EFECTIVO A ESTA, SI LA REALIDAD AFECTASE A SUS SISTEMA DE SEGUIMIENTO TAN EFECTIVO COMO ILICITO, PARA MANTENERLOS INCLUSO CON CONOCIMIENTO DE ESTE. SI NO ACLARAS LA SITUACION Y EL JUEZ O JUECES, NO ACLARAN LA SITUACION, PUEDES SEGUIR EL TIEMPO QUE QUIERAS Y SIN LIMITE,  SISTEMA PERFECTO.  AUNQUE TE QUEJES, O HAGAS LO QUE HAGAS, MANTIENEN EL SISTEMA DE TORTURA PSICOLOGICA DE VIGILANCIA, YA QUE ESTAS INDEFENSO ANTE LA LEY, POR TANTO, SOLO DEJAN ABIERTO TOMARSE LA JUSTICIA POR TU MANO, AL IGUAL QUE REALIZAN ESTOS GESTORES, DE LA SITUACION. 

TODO PRESUNTAMENTE.  ENCIMA EN ESTE PAIS DEMOCRATICO TODO DEBE SER PRESUNTO HASTA QUE SER PRUEBE, PERO PARA ELLO NECESITAS LA FIRMA DE UN JUEZ...  ALGUIEN VE, Y ENTIENDE PORQUE NUNCA LOS SEGUIMIENTOS SON PROBADOS.


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EX POLICIA, SOLICITA A LA AUDIENCIA INVESTIGUE PRESUNTO SEGUIMIENTO, NO ACEPTANDO DICHA SOLICITUD.  POR TANTO, DICHO EXPOLICIA EJERCIENDO SU LIBERTAD DE EXPRESION, ESCRIBE EN UN LIBRO BASADO EN EL PRESUNTO SEGUIMIENTO, DEBIDO A QUE ESTE CONTINUA Y LA AUDIENCIA NO VE INDICIOS PARA SU INVESTIGACION.   MIENTRAS EL EX POLICIA, PREPARA OTRA DENUNCIA FACILITANDO MAS PRUEBAS NUEVAS, QUE FACILITEN EL ENTENDIMIENTO DEL HECHO.            
Tras no haber sido aceptada la solicitud de investigación de su presunto seguimiento, por la jueza del juzgado de instrucción de Torrent.  El ex policía, solicita a la audiencia provincial Valencia se investigase su presunto seguimiento y la transgresión a sus derechos fundamentales.  La diferencia entre un juzgado y la audiencia, es que esta audiencia estaba formada por 2 juezas y un juez.  Y se realiza por votación de estos.  Dado que durante, todo el proceso el solicitante no ha sido llamando en ningún caso para la aportación de grabaciones y explicaciones pertinentes.  Ni tampoco han sido requeridos los testigos que se aportaron en el escrito presentado.  Ya que es un caso de difícil comprensión.  Obteniendo el auto de desistimiento con la respuesta negativa, manifestando en su último párrafo:                         “…Mas lo cierto es que tales hechos, de difícil comprensión, se presentan huérfanos de cualquier indicio de realidad que pueda justificar su investigación, máxime cuando en las fotografías acompañadas no se puede apreciar cámara alguna de
vigilancia. Por todo ello, ausente cualquier viso de delito, procede confirmar el auto que decreta el sobreseimiento y archivo de las actuaciones”.



Por tanto el ex agente, comprendiendo la difícil comprensión.  Y por tanto la difícil explicación de un presunto seguimiento. Busca una manera alternativa para explicar detalladamente lo sucedido, durante estos meses para facilitar la comprensión.  Y puesto que no ha podido acceder a explicarlo a un juez.  Manifestando que lo explicara públicamente en una novela. Para explicar que en un seguimiento se añadan colaboradores no policiales del entorno cercano para suplir y tener el control efectivo de dicha persona.   Y visto que no es suficiente con el escrito de 19 folios, e imágenes.  El ex agente, se dispone a publicar una serie de libros, basado en hechos reales, presuntamente. El cual se denomina “LA JAULA, EL SEGUIMIENTO PERFECTO”.  Si no tienes acceso a contarlo a un juez, habrá que contarlo a todo el mundo, por supuesto todo en un ámbito narrativo, con lo que ello conlleva.  Y que sea valorada la credibilidad de su historia.  Para hacerse una idea de lo que esta persona está pasando.  Debido a tal situación.  Con el fin de comprender la forma y el modo en la que se están produciendo dichos hechos.  Mientras prepara, otra denuncia aportando nuevas pruebas y las grabaciones, para su estudio.  Ya que las imágenes proporcionadas, para probar dicho hecho.  Han sido invalidadas.  Ya que la audiencia provincial, como máximo órgano jurisdiccional. Ya que contra la misma resolución no cabe ulterior recurso.  Entendiendo pues, según manifiesta la audiencia provincial de Valencia, textualmente:
“…máxime cuando en las fotografías acompañadas no se puede apreciar cámara alguna de
vigilancia. Por todo ello, ausente cualquier viso de delito, procede confirmar el auto que decreta el sobreseimiento y archivo de las actuaciones”
Por tanto las ilustraciones que ven debajo, según manifiesta la audiencia provincial de Valencia.  No son perteneciente a una microcamara tipo “snake”.
El que es o el porqué se ha realizado dicho agujero, que no ha habido en dicho lugar durante 35 años que vivo.  Coincidiendo también con el presunto seguimiento.  En lugar donde no hay edificio enfrente, si al costado.  Dicho hecho es ignorado por el ex policía.  Por tanto, debido a que el proceso prosigue y es continuado.  El ex agente, tras hablar con su abogada y procuradora, prepara otra denuncia, aportando otro tipo de pruebas, grabaciones.  Para facilitar lo máximo posible la aceptación de la denuncia y de los hechos acaecidos.  Ya que estas imágenes han sido invalidadas por la audiencia provincial de Valencia.  Pues la única vía para aclarar esta situación es la legal.  Y en un país democrático debe velarse por la libertad de expresión y la igualdad. Ante la gran impotencia que siente el ex agente.  Intentara aclarar tal situación con la ayuda de los jueces.   No descartándose la llegada al constitucional, o incluso internacionales, en caso necesario.  Entre las preguntas que suscita esta noticia: ¿Y si tuviese razón?,  ¿Sería posible tal situación, en un país democrático de derecho?  ¿si no es una microcamara, que es?       Links relacionados: http://seguimientoirregularidadesnoticias.blogspot.com.es/2012/04/ex-agente-hace-publico-seguimiento-y.html  ; http://www.asturi.as/noticias/34810/ex_policia_observa_presunto_seguimiento_persona_presuntas_irregularidades/
http://seguimientoirregularidad.blogspot.com.es/

                                                                      ENTREVISTA PARTE 2

                                                                







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Ex policia, observa presunto seguimiento con irregularidades...
UN EX POLICIA, OBSERVA PRESUNTO SEGUIMIENTO CON IRREGULARIDADES A SU PERSONA; tras haber descubierto el hecho,  se utilizaron presuntamente a personas de su entorno habitual, para dar continuidad y evitar sospechas del presunto seguimiento.  Hecho útil, pero que ataca la intimidad y el honor del vigilado, mas en caso de no haber hecho ningún delito.  Solicita, pues, ser informado de la razon de la denuncia motivadora.                       
Un ex policía, solicita se investigue un presunto seguimiento a su persona. La jueza de instrucción, no admite a trámite su solicitud; En esta solicitud se pide que sea investigado el hecho, para facilitarle la razón que ha generado el derecho a vigilarlo 24 horas y si se ajusta a derecho.  También desea tomar medidas legales contra el denunciante/es que iniciaron el proceso de vigilancia, posiblemente causado por una denuncia falsa o no sustentada en pruebas, al no realizar ningún acto delictivo, perseguible de oficio, aunque tampoco a instancia de parte.  Dañando así su imagen y provocando una serie de agravios graves a su persona, solicitando su derecho a defender ante tal denuncia.  Tras comunicar el hecho a sus ex compañeros sobre el presunto seguimiento, este prosiguió. Utilizando presuntamente a personal no policial del entorno cercano, donde el ex agente realiza su vida habitual.  Método presuntamente utilizado para proseguir con la vigilancia a largo plazo y no vuelva a ser descubierta. Hecho utilizado quizás como última opción, facilitando que cualquier persona o conjunto de personas sean vigiladas, aun con conocimiento del hecho.  Situación que daña gravemente su honor ante el personal no policial del entorno del vigilado, que está colaborando.  Siendo necesario para la colaboración no policial, que el colaborarte conozca que dicha persona está siendo investigada por algún delito, con el daño al honor del vigilado.  Contando el ex agente con la dificultad probatoria de esto último, se dispuso a grabar puntualmente sus salidas y entradas diarias, para intentar demostrar al juez, dicho hecho.  Aunque su deseo principal es ser informado del hecho que ha iniciado su seguimiento, por ello  aporta a la autoridad jurídica fotos, de la colocación estratégica de una micro cámara, enfocando a su domicilio.  Agujero realizado a posteriori de descubrir la vigilancia y comunicar la situación de la vigilancia a sus ex compañeros.  Y puesto que aunque un hecho exista, solo existe realmente, si un juez lo determina, esperando la resolución de la audiencia provincial Valencia.   Para obtener justicia, conforme al derecho, y sea facilitado el hecho originario que motive tal situacion, a una persona que no ha realizado delito alguno. 


Ex policía local, pone en conocimiento del juzgado los presuntos hechos, aportando pruebas de una presunta micro cámara “tipo Snake” enfocando a su domicilio,desde el techo, para probar el presunto seguimiento.  E  intentar demostrar el interés y la continuidad en vigilancia 24 horas.   Y a partir de la demostración del hecho, depurar responsabilidades. Ante tal situación, decide, manifestar su disconformidad ante tal situación, apelando la resolución, ante la Audiencia Provincial de Valencia.  Y no descartando describir en un manifiesto, los datos pormenorizados de dicho presunto seguimiento para que la opinión publica lo valoren.   Cuando su único delito cometido ha sido sacar la cámara para probar este presunto seguimiento y la respuesta ha sido solicitar colaboración a personal no policial.  Al realizar un presunto seguimiento, se duda de su credibilidad, dando toda la credibilidad al presunto denúnciate/es.  El ex policía, presentó, como prueba una micro-cámara, instala tras darse cuenta de las “esperas”  con relevos sucesivos frente a su casa con vehículos, coordinadamente.  Agujero realizado en esquina superior, en tabique exterior,  enfocado a balcón del ex policía, cuya salida del patio esta justo debajo, casualmente.   Casualmente, también, el agujero fue realizado en las semanas iniciales de haber tenido conocimiento del seguimiento, presumiendo que para mejorar el sistema y facilitar el seguimiento a largo plazo.  Descartando así a delincuentes o detectives, por el grado de organización y por conocer de vista a algunos miembros de esa vigilancia.   Ante la gravedad del hecho e intentando tener acceso a la justicia, y no aceptándose a primera instancia.   Valorando la dificultad de demostrar dicho proceso. Y la facilidad puesto que tiene que estar registrado, con orden judicial o registro de seguimiento, si se realiza todo conforme a derecho.  Entendiendo que es un problema para el órgano judicial.  Pero el daño ha sido hecho y por ello reclama dicha persona.  Debido a ser la única vez que se ve envuelto en dicha situación y confiando en su inocencia, recurre a dicha nota de prensa, para que quede constancia del hecho, sin entrar en valoraciones, ni acusaciones tan solo en la búsqueda de la verdad vía judicial.  El Ex agente, manifiesta a sus compañeros dicho acto y tras varios días, comienza la presunta colaboración de personas de su entorno, donde realiza su actividades vitales, para que el vigilado, no sospechase, cosa difícil de demostrar, pero siendo consciente graba la situación todos los días durante los hechos.  Solicitando al juez, la confirmación, investigación y reparación de daños a su honor e intimidad.  Dejando al vigilado la única opción de observar y grabar el modo de operar y soportar los daños realizados y la indefensión ante tal situación. Para facilitar al juez,  la veracidad de los hechos expuestos, confiando en la


 Secuencia      Zoom          


Justicia.   Ya que está sufriendo, daños irreparables de por vida; debido a esa causa, estando a punto de suicidarse al enterarse que se había puesto en conocimiento a personal no policial de su entorno, de algún caso delictivo, que él no ha cometido.   Pudiendo entender que   policías vigilen pues deben garantizar su profesionalidad y secreto profesional.  Pero  no tiene porque ser filtrado a gente de su entorno y menos que colaboren, siendo coordinados por vía telefónica, wasap, etc… Puesto que pueden poner en peligro a dichas personas, ya no por una reacción del vigilado, sino por cualquier accidente que dichas personas puedan sufrir, como una caída fortuita por las escaleras, etc...  Pudiendo incluso fallecer.   Debido a que deben colocarse en determinados lugares, tanto escaleras interiores, o esquinas.  Sustituyendo los puntos que inicialmente ocuparon los profesionales al inicio del hecho.  Aunque la colaboración, solo sea la confirmación visual del paso del vigilado y posterior comunicación.  Hechos que son muy efectivos debido a su dificultad probatoria, pero poco ético y posiblemente anticonstitucional, si se demostrasen.   Con la dificultad que el vigilado entiende, pues los colaboradores no manifestaran dicho hecho a su favor, graba dicho proceso, diariamente.   Mientras el ex agente, esperaba poder hacer algún tipo de manifestación a la juez, para facilitar su trabajo, cosa que no se da en ningún caso.  Manteniendo su confianza en el siguiente órgano judicial.  Esperando que la verdad salga y no una explicación alternativa al hecho real.  Pues es el único modo de hacer justicia, recurrir a un juez.   Cualquier persona tiene derecho a denunciar cualquier cosa o situación, pero si perjudicas a otra persona y es incierto, creo que tiene el derecho legítimo de defenderse, y pedir responsabilidades ante una posible denuncia falsa, o malintencionada.  Y en este caso, hablamos de la imputacion de un presunto delito, a alguien que no lo ha cometido.  Creo que es licito, aclarar este asunto. Por ello se escribe este comunicado, el cual, informa de un hecho presunto a la espera de la confirmación o denegación de la audiencia, sobre el caso y aclararlo todo.

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Dos guardias civiles en activo, entre los 30 detenidos en una operación antidroga en Cádiz

 Dos guardias civiles en activo, entre los 30 detenidos en una operación antidroga en Cádiz 


 http://www.europapress.es/sociedad/sucesos-00649/noticia-dos-guardias-civiles-activo-30-detenidos-operacion-antidroga-cadiz-20130913121515.html#AqZ1kPxBSG7m9RAlConsigue Links a tus Contenidos en  http://www.intentshare.com





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